Buenas,
Soy nuevo y en breve subiré mi novela. Quería saber si como ilustración de la portada se puede utilizar un cuadro de un artista conocido pero citando de quién es o por el contrario hay problemas de copyright y derechos.
Según tengo entendido se puede utilizar cualquier foto/cuadro si se indica claramente a quién pertenece.
Gracias,
Como poder, puedes utilizar la imagen que quieras. Bubok actua como servicio de impresión, y no te va a poner trabas porque el último responsable legal eres tú, al que se considera como editor. El uso indebido de imágenes tampoco te va a reportar ningún problema ya que esta plataforma resulta sustancialmente marginal, y te aseguro que se cometen abusos mucho más graves, como el plagio íntegro de obras, y nadie se para a cuestionarlo, menos aún a denunciarlo o perseguirlo. En la medida que el volumen de ventas es irrisorio, poco ha de preocuparte. Ahora bien, si hablamos de legalidad y respeto a los derechos de autor en el uso de otras obras, la cuestión cambia. Todas la imágenes -fotografías, ilustraciones, cuadros, dibujos, etc.- protegidas por los derechos de autor han de contar con el consentimiento explícito del mismo, de sus herederos o de sus propietarios legales, para su uso como parte de otras obras, más aún si van a salir al mercado, es decir, se van a comercializar de alguna forma, existiendo ánimo de lucro por ello. Para los cuadros, por ejemplo, las editoriales sueles elevar una petición de uso a los museos, para las fotografías a los archivos, y si el autor aún está vivo, pues al mismo, como es obvio. En la Red han proliferado bancos de imágenes para uso libre. La mayor parte son fotografías, y están sujetas a lo que se conoce como licencias "creative commons", que especifican diferentes grados de empleo: desde el uso absolutamente libre, hasta el pago de una cantidad por su uso comercial, pasando por la obligación de citar al autor en la obra, de citar al autor y el lugar de descarga, etc. Además de estos espacios, algunos organismos públicos también han puesto a disposición de los usuarios bancos de imágenes de libre uso, como son las bibliotecas nacionales de algunos países europeos, o la Biblioteca del Congreso de los Estados Unidos. En esos casos, sólo es necesario citar la referencia de catalogación que acompaña a la misma imagen. La tercera opción que te queda es la variación artística de una imágen. Por ejemplo, tomas una fotografía del discóvolo y le pasas el filtro negativo a través de un editor de imágenes. Esa opción queda en un limbo legal, aunque si un tribunal tiene que posicionarse, lo haría a favor del propietario de los derechos de la imagen original. En resumen, si quieres ceñirte a la legalidad, tus posibilidades se reducen, pero el caracter marginal de la edición a través de este medio hace que sea harto improbable cualquier demanda por uso fraudulento de una imagen. |