Calendario 10 / noviembre / 2019 Cantidad de comentario Sin Comentarios

Una de las principales inquietudes que tienen los autores una vez han publicado su obra es todo lo relacionado con la gestión y el cobro de las regalías que se derivan de la venta de sus libros. En este artículo vamos a tratar de solucionar todas las dudas relacionadas con la fiscalidad para escritores.

fiscalidad para escritores

 

¿Debe hacerse autónomo un autor para cobrar beneficios?
¿El autor debe declarar a hacienda los beneficios que obtiene?
¿Hacienda retiene cierta cantidad de los beneficios del autor?
Un autor jubilado, ¿puede cobrar las regalías generadas?
¿Cómo y cuándo cobran los autores sus regalías?
¿Los autores deben presentar una factura a las editoriales para poder cobrar sus regalías? ¿Puedo emitir una factura si no soy autónomo?

¿Debe hacerse autónomo un autor para cobrar beneficios?

Según marca la ley, «los rendimientos derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación» están considerados como rendimiento del trabajo. Por lo tanto, no, no es necesario hacerse autónomo para el cobro de las regalías.

Los autores que publican en Bubok firman un contrato en el que ceden los derechos de venta y distribución de su obra. De esta forma, nosotros podemos vender el título en nuestra librería online y todas nuestras tiendas asociadas. El autor es quien decide cuando se pone fin al contrato.

¿El autor debe declarar a hacienda los beneficios que obtiene?

Esta es una de las preguntas más habituales que nos hacen los autores. La respuesta es sí. A la hora de realizar la declaración de la renta, se debe declarar al fisco los beneficios que se han obtenido por la venta de sus obras.

Al final de año, Bubok envía a cada autor el certificado de retenciones para que lo adjunten en su declaración de la renta.

¿Hacienda retiene cierta cantidad de los beneficios del autor?

Sí, a la hora de cobrar los beneficios se aplica una retención de IRPF. Dependiendo de cuál sea la situación fiscal del autor se aplicará una u otra. No es lo mismo un autónomo, que una empresa, un particular o un jubilado. Son situaciones diferentes y dependiendo de cada caso se aplicará uno u otro. Nosotros a la hora de cobrar los beneficios, siempre le solicitamos al autor su DNI y que nos indique cuál es su caso.

Desde Bubok siempre recomendamos consultar con un asesor fiscal cada situación.

Un autor jubilado, ¿puede cobrar las regalías generadas?

Esta es una duda que ha estado en el aire hasta hace pocos meses, pues generaba muchas dudas e incluso, algún autor de renombre perdió su pensión de jubilación por este motivo. Sin embargo, parece que ya se ha regularizada esta situación. Nosotros elaboramos un artículo sobre esta cuestión hace unos meses el que explicamos la situación actual. Puedes consultarlo aquí para solventar las dudas.

¿Cómo y cuándo cobran los autores sus regalías?

La respuesta depende de la editorial y su propia política, pero, por lo general, las tradicionales suelen liquidar a sus autores una vez al año. Les indican la cantidad de ejemplares vendidos y las regalías obtenidas.

Los autores de Bubok pueden solicitar el abono de sus beneficios una vez al mes. Además, cuentan con un panel privado desde el que pueden realizar todas las gestiones relacionadas con el beneficio de sus libros. Aquí puedes leer más información sobre la gestión y el cobro de las regalías en Bubok.

¿Los autores deben presentar una factura a las editoriales para poder cobrar sus regalías? ¿Puedo emitir una factura si no soy autónomo?

Al igual que el punto anterior, esto dependerá de cada editorial, pero lo más probable es que sí.

Aunque el autor no sea autónomo también puede emitir una factura, pero tendrá que tener en cuenta la regularidad con la que la emite y la cantidad. Si hay una regularidad alta (una vez al mes ya se considera como ingresos regulares), el autor debe estar en el IAM (Impuesto sobre Actividades Económicas).

El autor también deberá darse de alta en el IAM si los importes cobrados superan el salario mínimo anual interprofesional. Ahora mismo está situado en 12.600,00€ anuales (14 pagas).

El proceso de facturación para los autores en Bubok está totalmente automatizado. Nosotros ya ofrecemos una factura diseñada y que se autocompleta con las regalías que corresponden y la retención de IRPF aplicada. El autor solo tiene que revisar que todos los datos sean correctos y confirmarla.

De todas formas, darse de alta no supone el abono de una cuota mensual ni anual. El autor no tiene que realizar ningún pago de impuestos a no ser que sus ingresos sean superiores al millón de euros. Es una entidad que no tiene una finalidad recaudatoria.

Esperamos que este artículo sirva para aclarar dudas y contestar las preguntas más comunes que se les plantean a los autores a la hora cobrar sus regalías.

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