Nueva norma abusiva de pago a los autores
jdgreenfield (desconectado)
Fecha de ingreso: 16 de Abril de 2008
mmm, ¿no se puede? Tenía entendido que "habíamos votado" para que ingresos inferiores a 50€ se cobraran intereses bancarios (transferencia y tal) y a partir de 50, no.
Pero no que "no se pudiese cobrar beneficio inferior a 50€".
Antes de haberte tirado tan pronto a la piscina legal (ojo que no suele haber agua) habría que aclarar si para tu bajo beneficio, los costes de transferencia son superiores al beneficio que intentas cobrar (vamos que si "para cobrar 4 has de pagar 1 y recibir 0").
Pero veo mal si realmente no se puede cobrar beneficios inferiores a 50€.
trino (desconectado)
Fecha de ingreso: 22 de Octubre de 2008
mmm, ¿no se puede? Tenía entendido que "habíamos votado" para que ingresos inferiores a 50€ se cobraran intereses bancarios (transferencia y tal) y a partir de 50, no.
Pero no que "no se pudiese cobrar beneficio inferior a 50€".
Antes de haberte tirado tan pronto a la piscina legal (ojo que no suele haber agua) habría que aclarar si para tu bajo beneficio, los costes de transferencia son superiores al beneficio que intentas cobrar (vamos que si "para cobrar 4 has de pagar 1 y recibir 0").
Pero veo mal si realmente no se puede cobrar beneficios inferiores a 50€.
"Pero veo mal si realmente no se puede cobrar beneficios inferiores a
50€."
No solamente se me dijo que no podía, sino que "materialmente" no podía.
Si hubo una votación (que no tengo constancia de ello) sobre si se iba o no a no poder cobrar hasta haber acumulado €50,0 me parece muy mal esa votación, ya que no todo el mundo se entera (si es que la hubo). Y desde luego esta Editorial empezó funcionando pagando religiosamente libro a libro.
¿Y qué me dicen de aquellos autores que solamente venden e-books a precios más que reducidos por consejo de la Editorial?
¿Y qué me dicen del Depósito Legal de tres ejemplares que Bubok, como editorial, tiene que depositar ella misma (que no nosotros, los autores)? Esto sólo ya es motivo de denuncia al no cumplir Bubok una ley esencial del libro.
Saludos.
Trino
carmenfernandezdelbarrio (desconectado)
Fecha de ingreso: 1 de Septiembre de 2009
Puedo estar o no deacuerdo con esto pero...es algo de lo que nos informamos antes de publicar, no podemos decir que no lo sepamos o que bubok pretende engañarnos.
Cuando nos presentamos a un concurso literario (por ejemplo), aceptamos las bases de este, pues cuando publicamos en bubok, aceptamos ciertas cosas, como puede ser la forma de pago.
Unx (desconectado)
Fecha de ingreso: 16 de Abril de 2008
¿Por qué, si no se nos permite cobrar beneficios hasta no acumular
una cantidad superior a cincuenta euros, no se nos permite, al menos, disponer
comercialmente de ese dinero? Si tomamos como ejemplo el formato de las
apuestas del estado por Internet y tenemos la suerte de que nos haya tocado un
premio minúsculo, ese importe, por minúsculo que sea, lo podemos utilizar para
la compra de de una, dos, o de las columnas que te alcance a rellenar con dicho
dinero. En nuestro caso, bien pudiéramos utilizar esa cuantía de beneficio que
no alcanza los cincuenta euros para el pago, total o parcial, de cualquier título
editado por cualquiera de nosotros en Bubok y que nos agradaría en ese momento
leer, quizá, de esta forma, anime algo el espectáculo de nuestras míseras ventas.
jpiqueras (desconectado)
Fecha de ingreso: 9 de Julio de 2009
¿Por qué, si no se nos permite cobrar beneficios hasta no acumular
una cantidad superior a cincuenta euros, no se nos permite, al menos, disponer
comercialmente de ese dinero? Si tomamos como ejemplo el formato de las
apuestas del estado por Internet y tenemos la suerte de que nos haya tocado un
premio minúsculo, ese importe, por minúsculo que sea, lo podemos utilizar para
la compra de de una, dos, o de las columnas que te alcance a rellenar con dicho
dinero. En nuestro caso, bien pudiéramos utilizar esa cuantía de beneficio que
no alcanza los cincuenta euros para el pago, total o parcial, de cualquier título
editado por cualquiera de nosotros en Bubok y que nos agradaría en ese momento
leer, quizá, de esta forma, anime algo el espectáculo de nuestras míseras ventas.
Estoy de acuerdo. De hecho eso ya se propuso en el pasado, y yo lo volví a sugerir.
Copio y pego mi sugerencia de otro hilo de los foros:
"Voy a hacer uso de este hilo para enviar una sugerencia. Tiene que ver con el tema varias veces comentado y debatido del cobro de los beneficios. Y digo de entrada que entiendo perfectamente que bubok no haga transferencias de pago por debajo de los 50 euros, de modo que es normal que haya que esperar a tener 50 o más euros para poder cobrarlos. Añado que creo que es lógico, legal y adecuado a derecho que para poder cobrar emitamos y enviemos una factura.
Dicho todo lo anterior voy a configurar mi sugerencia.
Propongo que cuando tengamos beneficios, aunque sea tan solo unos euros, podamos hacer una factura a final de mes, y nuestros euros pasen, en los primeros días del mes siguiente, a una nueva "cuenta de autor" virtual, donde serán ya nuestros a todos los efectos, y donde se irán acumulando hasta que alcancen los 50 euros, en cuyo momento se nos transferirán a nuestra cuenta bancaria. ¿Y por qué propongo esta nueva "cuenta"? Pues para que, con lo que tengamos en ella, podamos pagar todo o parte de las compras que hagamos a bubok.
Me explicaré. Supongamos que tengo 24 euros en esa situación. He emitido factura, de modo que para temas fiscales todo estará correcto. Podré declarar en la renta el año próximo ese pequeño ingreso adicional. Ahora quiero comprar algunos libros en bubok, míos o de otros autores. En el momento de rellenar los datos para la compra, podría aparecer algo así como:
"Tiene usted 24 euros en su cuenta como autor en bubok. ¿Desea utilizarlos para pagar esta compra? Sí/No". Y yo escogería "Sí", por supuesto.
En definitiva, propongo que PODAMOS PAGAR PARTE DE NUESTRAS COMPRAS EN BUBOK CON ESOS PEQUEÑOS BENEFICIOS QUE NO LLEGAN A LOS 50 EUROS. Para ello propongo esa "cuenta de autor", situación virtual a la que irían a para nuestros beneficios en cuanto hubiésemos emitido una factura, ya que sin factura no podemos legalmente disponer de nuestros beneficios."
Queda dicho de nuevo. Quien debe oir que oiga, quien debe entender que entienda.
Saludos
Josep
Unx (desconectado)
Fecha de ingreso: 16 de Abril de 2008
jdgreenfield (desconectado)
Fecha de ingreso: 16 de Abril de 2008
Al loro:
Has dicho:
No solamente se me dijo que no podía, sino que "materialmente" no podía.
Plis, confirmame esta frase
Te dijeron: No puedes y materialmente no puedes
O sólo te dijeron
Materialmente no puedes
Porque si es esto último, es lo que te he dicho antes, puedes cobrar por menos de 50€ pero para tan pequeña cantidad, los gastos operativos del banco son superiores al beneficio.
(es decir, que lo entendiste mal)
PD: mejor cópianos el mensaje, gracias.
Jokin (desconectado)
Fecha de ingreso: 10 de Junio de 2008
luisahurtado (desconectado)
Fecha de ingreso: 5 de Febrero de 2009
Absolutamente de acuerdo con jpiqueras.
Me parece fácil, claro, con ventajas tanto para Bubok como para nosotros que de algún modo "alimentamos" a Bubok.
Creo que además la práctica propuesta por jpiqueras podría contribuir a las ventas de libros entre los propios autores Bubok, lo cual sólo puede ser una ventaja añadida.
decine (desconectado)
Fecha de ingreso: 6 de Mayo de 2008
Y venga y dale con lo mismo... Si yo no quiero comprar ningún libro o pasan meses o años hasta que decida comprar uno, qué ocurre? Sigue siendo una forma abusiva por parte de Bubok, han actuado sin consultar, bajo cuerda y modificando un contrato ya establecido.
mireiavancells (desconectado)
Fecha de ingreso: 28 de Enero de 2009
La
idea es buenísima, pero me temo que si Bubok no la ha puesto en práctica a
pesar de las insistentes sugerencias al respecto, es que debe haber algún tema
fiscal implicado.
Si
Bubok paga los beneficios a los autores mediante autofacturas de los pagos del
80% que nos corresponde, en las cuales hay una retención fiscal del 15%, dudo
mucho que 'eso', ese importe final que por fuerza es un 'Rendimiento de
Actividades Profesionales', se pueda 'transformar' en cash para que ellos se
cobren una venta. Me imagino que debe ser fiscalmente complicado 'convertir' el
monto final a transferir al autor, con sus implicaciones fiscales equis, en
'dinero de bolsillo' contante y sonante para comprar libros. Son dos
'tipos de dinero' diferentes, por así decirlo.
Algo
de eso debe haber.
Un
vínculo sobre fiscalidad: http://www.escriptors.com/?q=temes_professionals_fiscalitat_preguntes
Hay
otro tema, y es que Bubok tiene más de 20.000 usuarios, por lo que supongo que
'se cura en salud' ya que no tiene personal suficiente para estar atendiendo
pagos a autores cada dos por tres. Con esta restricción (discutible, desde
luego, su ética y su legalidad o alegalidad, o si es o no una estafa) le
reducen drásticamente la candidad de pagos a realizar.
Otra
cosa: cuando tu realizas una transferencia bancaria, puedes escoger pagar tu
los gastos (código bancario OUR=ordenante); escoger que los pague el
beneficiario del pago (código bancario BEN) o bien que los gastos sean
compartidos (código SHA= shared). Si se tratase de una cuestión de puros gastos
bancarios, Bubok podría limitarse a informar que los gastos siempre serán tipo
BEN para pagos menores a 50 euros (por ejemplo) y pagar cualquier importe por
pequeño que sea.
Insisto
en que mi opinión es que no se trata tanto de un tema de gastos bancarios, sino
de volumen de trabajo administrativo que se ahorran, amén de poseer ellos un
cash ajeno que les debe dar sus buenos intereses, no?
Ala,
ya me he quedado a gusto.
decine (desconectado)
Fecha de ingreso: 6 de Mayo de 2008
Para mi es evidente que, aparte del tema bancario y de gente ocupada sólo en eso, está la cuestión del "cash" con el que se quedan y trabajan.
DanielTurambar (desconectado)
Fecha de ingreso: 14 de Mayo de 2008
Yo, como no tengo oficio, tampoco saco de aquí beneficio pero...
Sea como sea un grupo de autores no tenían esa norma abusiva cuando comenzaron a vender, por lo cual todo lo recaudado antes de aplicar esa política debería pagarse. Si metieron la pata es un coste que deben cargar ellos. Si mi contrato con Ono es de 20 canales de tv no puede venir y darme 10 al mes, al menos mientras el contrato esté en vigor. Así que echad cuentas, huníos y buscad un mediador (OCU).
Teniente_Tulip (desconectado)
Fecha de ingreso: 26 de Septiembre de 2008
1.- Si es que hubo votación (¿fue oficial o fue a través de un post abierto?), yo no me enteré. En cualquier caso, yo colgué mi novela en Bubok antes de que se produjera el cambio de marras. De entrada, incumplieron lo pactado...
2.- Seré mezquina, pero prefiero pagar de mi bolsillo 6 euros de gastos de transferencia bancaria para cobrar 4, antes de que alguien se quede con dinero que me pertenece (además, ¿no sería labor suya negociar con las entidades bancarias qué modelo seguir para que el formato fuese beneficioso para todos -cosa que hacen todas las empresas-)?
3.- Sigo diciendo lo mismo: calculando por lo bajo (muy por lo bajo), me sale una pasta gansa de la que Bubok dispone. ¿Para qué? No sé si hay forma de saberlo... ¿Lo invierten? ¿Lo tienen paradito en una cuenta generando intereses? Algo huele a podrido en Dinamarca...
4.- Y si no están dispuestos a ceder, que planteen alternativas. Lo que me parece de juzgado de guardia es que sean los usuarios los que tengan que idear cómo recuperar algo que, de entrada, es suyo.
La Teniente
jpiqueras (desconectado)
Fecha de ingreso: 9 de Julio de 2009
Leyendo los últimos posts creo intuir que el problema reside en el esfuerzo que supondría actualmente para bubok atender esas múltiples mini transferencias, aun en el caso de que se hiciesen con gastos a cargo del receptor del dinero. Es posible que tuviesenn que tener una persona 'full time' dedicada a esa tarea administrativa de hacer trasnferencias. Poniendo el límite mínimo en 50 euros el número de transferencias parece ser que disminuye drásticamente (lo que da una idea del brillante éxito de ventas de la mayoría de los autores de bubok).
De modo que no creo que vayan a adopatar una solución como la que yo propuse, pues el esfuerzo de atender las facturas y de gestionar las 'cuentas de autor' les supondría dedicar un tiempo igualmente considerable.
La solución pasa por que bubok pueda "compensar", de algún modo, ese esfuerzo (tiempo/persona) adicional. Pienso que merece la pena que desde bubok estudien posibles soluciones. Después de todo por cada ocho euros que pretendemos cobrar los autores ellos ya han obtenido un beneficio de dos euros.
Josep
DanielTurambar (desconectado)
Fecha de ingreso: 14 de Mayo de 2008
Sí, Piqueras está muy bien, pero ese es un problema en el que debieron pensar antes de lanzar un servicio. Si ahora les supone un coste adicional no debe ser problema de quien ha contratado el servicio. Debieron planificarlo mejor, preveer las consecuencias, etc. Ahora toca asumir responsabilidades. Si anuncias botijos a 1€, sólo tienes 100, no avisas lo de "hasta fin de existencias" y te vienen 1000 clientes, tienes que buscar 900 botijos y vendérselos a 1€, por mucho que te valgan 5€ y por mucho que luego intentes vender a 10€. Y sobre todo también por imagen, coñe.
En fin, suerte y armaos de paciencia, aunque, como siempre, ojalá me equivoque.
ciriloway (desconectado)
Fecha de ingreso: 21 de Enero de 2009
mmm, ¿no se puede? Tenía entendido que "habíamos votado" para que ingresos inferiores a 50€ se cobraran intereses bancarios (transferencia y tal) y a partir de 50, no.
Pero no que "no se pudiese cobrar beneficio inferior a 50€".
Antes de haberte tirado tan pronto a la piscina legal (ojo que no suele haber agua) habría que aclarar si para tu bajo beneficio, los costes de transferencia son superiores al beneficio que intentas cobrar (vamos que si "para cobrar 4 has de pagar 1 y recibir 0").
Pero veo mal si realmente no se puede cobrar beneficios inferiores a 50€.
"Habíamos votado"????
Quienes y cuando??
Por otro lado, a mí también me sabe un poco mal lo de tener que esperar a los 50 €, la verdad que nadie me informó de ello al publicar el libro y cuando me eneteré (hace un par de meses) me cayó un poco mal, pero entendí el tema de los costes y acabé aceptando (un poco a disgusto), son las normas, supongo.
Pero vuelvo a lo entrecomillado ¿"Habiamos votado"?
Me gustaría que cuando se decidan este tipo de cosas se tenga en cuenta a todos los autores y no a los pocos que diariamente siguen el foro (si es que fue así).
Saludos...
trino (desconectado)
Fecha de ingreso: 22 de Octubre de 2008
Al loro:
Has dicho:
No solamente se me dijo que no podía, sino que "materialmente" no podía.
Plis, confirmame esta frase
Te dijeron: No puedes y materialmente no puedes
O sólo te dijeron
Materialmente no puedes
Porque si es esto último, es lo que te he dicho antes, puedes cobrar por menos de 50€ pero para tan pequeña cantidad, los gastos operativos del banco son superiores al beneficio.
(es decir, que lo entendiste mal)
PD: mejor cópianos el mensaje, gracias.
Cuando digo que "materialmente" no puedes, quiero decir que intentas emitir factura y aparece un cartel que te dice que no se puede hacer dicha factura por un importe inferior a €50,0: y, efectivamente, el proceso de facturación no progresa, se interrumpe.
Trino
jdgreenfield (desconectado)
Fecha de ingreso: 16 de Abril de 2008
Pues tenéis razón:
http://www.bubok.es/foros/tema/3798/NO-ME-INGRESAN-LAS-GANACIAS
Admin dice: Recuerda que el monto mínimo para emitir una factura es de 50 euros.
Por cierto, no encuentro el hilo de la discusión de 50€. ¿alguien sabe donde está?
Edit: he encontrado esto.
http://www.bubok.es/foros/tema/1483/Cobrar-beneficios-de-50-en-50-por-fuerza/2
Angel María:
Finalmente levantaremos la restricción de los 50€ para aquellos que
prefieran pagar una pequeña comisión de gestión. Como esto implica
varios cambios a nivel internos nos llevará unos días, os avisaremos
cuando esté.
El tema de usar el saldo internamente tiene muchas
complejidades legales y de desarrollo, pero lo dejamos anotado para más
adelante.
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trino (desconectado)
Fecha de ingreso: 22 de Octubre de 2008
Soy un autor, como Vds. Al ir a presentar mi última factura (4 euros y pico), con gran sorpresa mía, se me dice que no se efectuan pagos por menos de €50,0. Según se me indica, así se viene haciendo desde hace unos 8 ó 9 meses.
Según yo entiendo, esto es ilegal , pudiendo constituir una estafa: dados los temas minoritarios que muchos de nosotros tocamos y las pocas ventas que normalmente hay pueden pasar varios años hasta que algunos autores acumulen €50,0 para que Bubok les/nos pague. La estafa se daría al considerar el monto de la deuda total acumulada (una inyección de líquido muy substanciosa) que Bubok pudiera llegar a tener con nosotros.
Me dice Bubok, al yo insistir en el pronto pago, que no tienen las "herramientas" necesarias para pagar cantidades menores a los €50,0. Mi respuesta fue inmediata: si no se tienen todas las herramientas no se debe cambiar el método de pago. Les dije que pondría una denuncia contra ellos ante la Dirección General del Libro del ministerio de Cultura, cosa que esta misma mañana, 23/03/2010, he hecho.
Invito a todos aquellos autores que se sientan defraudados a efectuar esa misma denuncia en defensa de sus intereses ante dicha dirección.
Saludos.
Trino Meseguer Agulló
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