Calendario 19 / agosto / 2009 Cantidad de comentario 6 Comentarios

La actual ley del libro hace las siguientes definiciones, Bubok parece encajar en varias de ellas, por eso queremos saber qué somos para ti:

  1. Libro: obra científica, artística, literaria o de cualquier otra índole que constituye una publicación unitaria en uno o varios volúmenes y que puede aparecer impresa o en cualquier otro soporte susceptible de lectura.

    Se entienden incluidos en la definición de libro, a los efectos de esta Ley, los libros electrónicos y los libros que se publiquen o se difundan por Internet o en otro soporte que pueda aparecer en el futuro, los materiales complementarios de carácter impreso, visual, audiovisual o sonoro que sean editados conjuntamente con el libro y que participen del carácter unitario del mismo, así como cualquier otra manifestación editorial.

  2. Publicación seriada: toda obra científica, literaria o de cualquier índole que aparece o se comunica de forma continuada, editada en una sucesión de fascículos o partes separadas, que lleva normalmente una numeración y que no tiene una duración predeterminada.
  3. Editor: persona natural o jurídica que, por cuenta propia, elige o concibe obras literarias, científicas y en general de cualquier temática y realiza o encarga los procesos industriales para su transformación en libro, cualquiera que sea su soporte, con la finalidad de su publicación y difusión o comunicación.
  4. Distribuidor: persona natural o jurídica que realiza servicios comerciales y que sirve de enlace entre editores y libreros, para situar y reponer libros en su punto de venta y facilitar su difusión.
  5. Librero: persona natural o jurídica que se dedica, exclusiva o principalmente, a la venta de libros al cliente final desde establecimientos mercantiles de libre acceso al público o por cualquier procedimiento de venta a distancia.
  6. Consumidor final: persona natural o jurídica que, sin asumir obligaciones subsiguientes de compra o determinados pagos de cuota, adquiere los libros para su propio uso o los transmite a persona distinta sin que medie operación comercial o cualquier otra operación a título oneroso.
  7. Biblioteca: sin perjuicio de lo previsto en el artículo 59.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y de la correspondiente legislación autonómica, se entiende por biblioteca la estructura organizativa que, mediante los procesos y servicios técnicamente apropiados, tiene como misión facilitar el acceso en igualdad de oportunidades de toda la ciudadanía a documentos publicados o difundidos en cualquier soporte.
  8. Bibliotecas digitales: son colecciones organizadas de contenidos digitales que se ponen a disposición del público. Pueden contener materiales digitalizados, tales como ejemplares digitales de libros u otro material documental procedente de bibliotecas, archivos y museos, o basarse en información producida directamente en formato digital.
  9. Impresor/productor de libro: persona natural o jurídica que contando con las instalaciones y medios técnicos necesarios, se dedica, exclusiva o principalmente, a la realización e impresión de libros en papel o en cualquier otro soporte susceptible de lectura, así como de los materiales complementarios de carácter impreso, virtual, audiovisual o sonoro que se editen conjuntamente con el libro y que participen del carácter unitario del mismo.
  10. Publicación periódica: toda publicación que aparece o se comunica de forma continuada con una periodicidad establecida, de carácter cultural o científico.

Quedamos a la espera de tus comentarios 😉

6 Comentarios para “Qué piensas que es Bubok”
  1. bubok
    Oscar

    Supongo que hay una cierta ironía en la pregunta.

    Bien sabéis que es difícil clasificar Bubok en uno concreto de los eslabones de la cadena de valor tradicional del negocio del libro.

    Si nos ceñimos a las definiciones que aquí reproducís, para mi Bubok sería un «Librero», aunque la definición de «Biblioteca» curiosamente también encaja 🙂

    Por cierto, alguna negrita, dado lo condensado del texto, ayudaría a la legibilidad y comprensión del artículo 😉

  2. bubok
    F.J.Lorenzo

    Para mi humilde entender Bubok está funcionando como Libro, ya que provoca una culturización indirecta importante al crear un interés inédito sobre miles de personas, ofreciéndole la posibilidad de publicar sus escritos. Éstas y otras gentes nos vamos introduciendo en la cultura del conocimiento por tener que corregir, crear, indagar a las nuevas tecnologías, ver lo que hacen los demás, etc.

  3. bubok
    Jason

    Situo a Bubok en un rol más propio de un Librero que de un Agente Editorial o Editor.

    Principalmente se comporta como un portal de venta de autores para autores, con el aliciente de que es interesante para editores ya que tienen a su disposición variedad de libros totalmente desconocidos.

    Son los que autodenomino Writer-Hunters o Author-Hunters, auténticos agentes editoriales que, aprovechando de las «clausulas con Bubok» pueden llevarse tranquilamente a cualquier autor.

  4. bubok
    Gloria

    Menos en CONSUMIDOR, creo que Bubok encaja en todos los apartados, en mayor o menor medida.

  5. bubok
    Miguel A. Martínez

    Para mí, Bubok es principalmente un productor de libros.
    En segundo lugar, un librero, por su canal de venta en internet.

    No es editor, porque no elige ni selecciona nada.
    No es distribuidor, aún, aunque quiere llegar a serlo.
    Tampoco creo que sea, de momento, biblioteca digital, aunque apunta maneras.

    No es más que una opinión. Espero que ayude.

  6. bubok
    Libros

    Ocurre que, desde que el libro virtual pasó a ser moneda corriente y los viejos formatos son tan sólo una opción entre tantas, los roles en el universo del libro deben reinventarse. Creo que Bubok no lo está haciendo nada mal.

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