Pues más o menos lo que te ha dicho el tío. El registro es una formalidad para que conste que tu obra es tuya, independientemente del formato. Con hacerlo una vez es suficiente. Conste que publicar en bubok es una forma de registro, ya que consta que a tal fecha has dicho que eso es tuyo (lo mismo que haces en el registro "oficial"). El ISBN va por edición, así que un cambio de formato o características sustanciales del libro requiere un ISBN nuevo (pequeños cambios no afectan, meter tres capítulos sí). El Depósito legal va también por edición y el número de libros a dejar en depósito depende de la delegación provincial. Creo que va después del ISBN. Y no, de momento aquí no hay tapa dura. |