Tranquilo, que no creo que me ganes a borde. ;-) Si lo pregunto es porque no está claro (al menos yo no lo he visto claro). Por ejemplo, la parte de los temas fiscales no la he visto en ninguna parte del foro y la pregunté a Hacienda. Y es un tema muy importante. El tema del ISBN viene también de un caso que leí en Lulú, competencia directa de Bubok, en el que por un tema relacionado con un juicio por injurias o algo así (si me acuerdo luego busco el enlace) se denunció a la editorial (Lulú), la cual declinó la responsabilidad diciendo que no es una editorial sino un servicio de impresión. Eso también afecta a los temas fiscales anteriormente mencionados, por lo que me gustaría ver en algún lugar claramente que Bubok dice que es una editorial. Y sobre lo del DL, pues por una parte según lo que pone en la zona donde se contrata el ISBN parece que de todo se encargará Bubok. Sin embargo he visto mensajes en el foro en los que parece que se habla de que son los propios autores los que tienen que mandar los ejemplares. Por eso me gustaría también una respuesta clara, a ser posible de Bubok, a todos estos temas antes de empezar a publicar algo. Creo que es comprensible. Una vez más muchas gracias y un saludo. |
Yo también ando a la espera de los números, lo raro es que me han cobrado sólo la parte del ISBN y no la del DL, que parece como pendiente o contratada (pero no me lo han descontado de la cuenta corriente ). Seguiré de cerca esos temas con hacienda que mencionais ya que es importante hacer las cosas legalmente, no nos vayamos a meter en líos por cumplir el sueño de publicar un líbro. |
Hola de nuevo: En primer lugar lamento haber tardado tanto en contestar, no he podido antes. Muchas gracias por vuestras respuestas. Ya he conseguido corroborar que al contratar su ISBN el editor necesariamente es Bubok, lo que facilita el tema fiscal al no tener que darse el autor de alta como empresario (en el caso de ser autor-editor tienes que hacerlo, según lo que he estado preguntando en Hacienda). En prinpio sólo habría que darse de alta mediante el modelo 037 como profesional escritor y declarar los beneficios como rendimientos. De todas formas sigo buscando información, así que ya os diré cuando me cuenten más. Un saludo. |
Mmmm... que hay que darse de alta como empresario... joder... no hay un metodo mas sencillo? Sinceramente no me preocupa lo de tener que darte de alta de lo que sea, sino el dineral que puede suponer, puesto que aqui uno no sabe cuantos beneficios le van a entrar y POR SUPUESTIIIIIIIIIIIIIIIIIIIISIMO esta no es la fuente de ingresos principal con la que pagar el pan nuestro de cada dia (que mas quisieramos, no chic@s?)... Y que pasa si cojo a alguien que ya esta declarado como autonomo y lo pongo como editor y luego echo cuentas con el en el caso de que la cosa funcione?? Definitivamente, ahora cuando vaya a Espana me pasare por Cultura a ver esto del DL y el ISBN, porque yo hasta ahora solo tengo la propiedad intelectual de mis textos pero quiero ser propietario de todo el resto... En fin. No dejes de avisar, mil gracias por todo. Saludos desde EE.UU. |
cita de xavisoy
Mmmm... que hay que darse de alta como empresario... joder... no hay un metodo mas sencillo? Sinceramente no me preocupa lo de tener que darte de alta de lo que sea, sino el dineral que puede suponer, puesto que aqui uno no sabe cuantos beneficios le van a entrar y POR SUPUESTIIIIIIIIIIIIIIIIIIIISIMO esta no es la fuente de ingresos principal con la que pagar el pan nuestro de cada dia (que mas quisieramos, no chic@s?)... Y que pasa si cojo a alguien que ya esta declarado como autonomo y lo pongo como editor y luego echo cuentas con el en el caso de que la cosa funcione?? Definitivamente, ahora cuando vaya a Espana me pasare por Cultura a ver esto del DL y el ISBN, porque yo hasta ahora solo tengo la propiedad intelectual de mis textos pero quiero ser propietario de todo el resto... En fin. No dejes de avisar, mil gracias por todo. Saludos desde EE.UU.
Mtodo sencillo: ISBN de bubok ;) |
Sí, parece que esa es la solución. Según lo último que me han dicho de Hacienda, si el editor es otro y son ellos los que venden los libros (es decir, se les ceden los derechos para vender los libros y el autor sólo cobra los derechos de autor) por lo visto ni siquiera hay que darse de alta como profesional, iría declarado como rendimientos del trabajo. De todas formas, yo no soy asesor (ni quiero serlo, que todo ese mundillo es un cacao de cuidado), y creo que lo suyo sería que quien tenga alguna duda, cualquiera que sea, haga lo que hice yo y vaya a preguntar a Hacienda o a un asesor fiscal, por si acaso. |
mmmm, ya indagaré cómo va el tema este... porque de alguna manera se podrá salir adelante... 90 eurazos sin sabe qué va a pasar con el libro, y todo por delegarle las responsabilidades a otro... Yo quiero aprender a fondo como funciona todo esto y tener mis responsabilidades y tal y cual Pascual... ¿Qué pasa si un autónomo que yo conozca lo pongo como editor?, ¿Qué pasa si monto una asociación/colectivo legalmente y la hago editora? Mmmm, he de investigar y no me pilla en España. Preguntaré en Cultura que es quien lleva esto, ¿no?, porque si te presentas en Hacienda te mandarán de uno a otro funcionario argumentando el de turno que desconoce cómo funciona el rollo... |
Un par de notas aclaratorias: 1º- para ser autor-editor, o sea, para autoeditarse, no es necesario darse de alta como autónomo. Cualquier persona física puede hacer el trámite gratuitamente (al menos cualquier residente en España puede hacer el trámite con la Agencia Española del ISBN) 2º- la obligación de declarar los ingresos surge cuando hay ingresos, o sea, cuando se venden los libros obteniendo un beneficio, independientemente de que el editor sea Bubok o el propio autor 3º- cuando se contrata el ISBN de Bubok realmente no se ceden todos los derechos del libro a Bubok, sino que simplemente se nos autoriza para que utilicemos la obra para responder ante cualquier obligación que nos pueda surgir como editores de la obra. |