Hola a todos-as nuevamente. Agotada de ver lo del tema del deposito legal que me lleva de cabeza, contacte con el mismo.Madrid. Y me dijeron esto. En el art. 17 de la O.M.de 30 de octubre de 1971 se establece que "en el caso de que intervengan varios impresores o talleres productores en la realización de una obra, será el impresor o PRODUCTOR de la parte principal",pero según se establece en el art. 15, en el caso de la obra impresa (caso de un libro, sea la impresión bajo demanda o a pedido cerrado) la solicitud la hará el impresor y en el caso de las producciones sonoras y audiovisuales lo hará el productor. Con lo que quiero deciros, que el ISBN, en efecto, podemos solicitarlos nosotros mismos. Pero el deposito,olvidaros si no sois impresores o teneis algun poder notarial en solitarlo, pues: En la Oficina de Depósito Legal de Madrid no se asignan números de depósito legal a los autores o editores, en virtud de lo anteriormente expuesto. Y quien lo solicita sin estar en alguno de estos epigrafes.sepa que si lo descubren sera sancionado 30 veces mas del valor de su obra. Podeis preguntar en el desposito legal de madrid si dudais de lo ultimo dicho. Con lo que yo,que paso mucho de sanciones economicas, me rio de 45 € y lo contrato con Bubok. Un abrazo a todos-as
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Hola Maria, creo recordar que fué nuestro compañero jaume quien dijo que eran muy reacios a facilitar el DL, pero que al final te lo daban. Yo fuí personalmente al DL de Vigo, y me dijeron que cual era el nif de mi empresa, pero cuando le dije que no era ninguna imprenta ni editorial, me dijeron lo que a tí, que solo se daban a editoriales e imprentas. Entonces le dije que en bubok donde yo publiqué, la jente lo conseguia. LLame a Santiago, a la directora del DL en la comunidad de Galicia, el teléfono te lo doy en privado si lo quieres. Me dijo que dijese en el DL lo siguiente: Pides el numero del DL para tú libro, te preguntaran, titulo de la obra, tu dni, y les dices que tu eres la impresora de tu libro.Entonces fuí nuevamente al DL y, je,je, me dijeron que quien me habia dicho eso, le dije que la directora del DL en Santiago, la llamaron delante mía y me dijeron: Cubre este papel y te damos el DL en el momento, pero me dijeron que lo hacian de favor, que en la comunidad de Galicia no se trabajaba así, que eso quieren que lo tramite la editorial o imprenta. Total, que estoy esperando que me envíen el ISBN, para volver y pedir el DL, pues solo tengo 60 días para entregar los ejemplares. Me dijeron que esto iba a cambiar, que la editorial bubok estaba empezando y que surjian muchas dudas al respecto. Perdonad si me estendí demasiado, pero tenía que explicarlo, espero aclarar algunas dudas PD. Sigo sin tener un corrector ortografico, alguien me puede decir alguno que me pueda bajar sin tener que mandar mensajes en internet. Un saludo a todos. |
Por lo que he leído, parece que hay multa si obtienes el número de Depósito Legal por tí mismo... No se si legalmente eso es posible cuando han sido los mismo responsables de multarte los que te lo han concedido tras pedirlo aportando todos los datos de manera verz y clara... De todos modos, yo os he contado cómo lo pedí, les puse muy claro que era el propio autor el que lo pedía (osea, yo), dado que el libro se publica en modo autoedición bajo demanda y, por tanto, el autor es el editor del mismo... y me mandaron un .pdf al correo electrónico que les facilité en donde me daban mi número de DL... y ponía claro todos los datos que les había hecho llegar... así que no veo cómo me pueden demandar ni pedir nada si ellos saben de antemano los datos y me han dado el visto bueno (y el número)... Os dejo una copia en .jpg del .pdf para que lo veáis. Un saludo a todos. |
Escribi preguntandoPienso subir un libro a la editorial electronica Bubok. Es obligatorio presentar el deposito legal en la comunidad en la que uno vivao se lo puede presentar en cualquier comunidad a eleccion? y he aqui la respuesta:
El depsito legal se
debe solicitar en la
Oficina de Depsito
Legal donde reside el impresor. De todas formas, los documentos
publicados en Internet no llevan asignado depsito
legal. Biblioteca Nacional Servicio de Depsito Legal 28071 Madrid Telfono 915168931 Correo electrnico: [email protected] Si el impresor - Bubok o quien sea - reside en Madrid, resulta que cualquiera puede hacer su DL en Madrid. Quisiera oir la opinin de los de este foro.
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(De todas formas, los documentos publicados en internet no llevan asignado deposito) Bamos a ver, desde hace dos meses no me cansé de decir que para publicar en internet, (no para vender en librerias) me habían dicho que no era obligatorio entregar los 5 ejemplares. Yo los entregaré ya que posiblemente presente mi libro en televisión. Pero dejo una pregunta en el aire, mirando la carta que le mandaron a cerinto: ES LEGAL O NO ES LEGAL PUBLICAR EN BUBOK SIN DL , SI LE ÉSTAN DICIENDO QUE EN INTERNET NO LLEVAN ASIGNADO DEPOSITO. |
Todo libro que se distribuya en formato digital, es decir, en PDF, y se ofrezca como descarga en Internet, no necesita el Depósito Legal. Esta peculiaridad solo es necesaria para las obras impresas. Por el momento, ésta es la información de la que se dispone y la cual, debido al auge del libro electrónico, tendrá que ser revisada, sin duda alguna. |
¡Por fín¡ Yo ,lo dije desde que entré en éste foro, que para vender libros en internet no hace falta DL,� a los comentarios de AYUDA me remito. Incluso también había que decir claramente sin tapujos cómo acabó de aclararlo AYUDA, que para cobrar beneficios tampoco hace falta si se vende en internet, eso fué lo que me dijeron en Santiago, que con el ISBN y el Código de barras ya era suficiente. ¿AYUDA, TENEÍS CONSTANCIA DE ÉSTO? Pués mucha gente se hace con los servicios del DL, sin tener por qué. ¿Se pueden cobrar beneficios con la venta del libro en papel sin tener el DL? A mí me dijeron que sí, pero era conveniente que lo aclaraseís cómo acabais de reconocer que no hace falta DL, pués creo que no están muy claros éstos puntos. Una sugerencia; En la pagina principalk de bubok, donde se explica todo lo relacionado con el ISBN, decís que el DL, LO DEJAÍS EN NUESTRA MANO, pero aún mirandolo razonable, tendriaís que aclarar que no hace falta su contratación para vender en ésta empresa y cobrar beneficios, pués está muy bién que lo aclareís en el foro, pero mucha gente leé las normas sin entrar en el foro. Perdonad si estoy equivocado en algo, agradecería me lo rectificaseís. Saludos ayuda. |
Hola a todos: No se si mi aportación servirá de algo o estaré equivocado. El DL es, además de todo lo dicho, una forma de tener asegurada tu obra en caso de que existan plagios. Si no, no habría nada que rascar. Yo he registrado ya varias obras y me han asignado el DL sin ningún problema. No me han pedido que publique o� no. Lo único que me piden es que sea el autor. Así que, independientemente de que tu obra se edite o no, creo que es bueno tener el DL. En Alicante es en la Consellería d´Educación, llevas una copia impresa con todas las hojas firmadas (esto sí que es algo tedioso), pagas lo que se tenga que pagar y a los 6 meses o así te mandan el DL asignado: tu obra ya está registrada. Lo del ISBN: os haré caso y miraré de obtener uno, ya que no quiero multas. Pero tengo entendido que, teniendo el Depósito Legal, el ISBN se puede no tener. Hay multitud de publicaciones científicas a nivel universitario que carecen de ISBN: libros, revistas, actas, etc. Tal vez no tenga nada que ver con esto y quizá me esté precipitando y equivocando en mi respuesta. Si es así, bienvenidas sean las correcciones que me hagáis, ya que puedo estar hablando desde el desconocimiento. :) ¡Un saludo! |
Contaré mi experiencia al respecto que coincide con la de alguno de vosotros. Sobre el isbn, no hay problemas en pedirlo por parte de cualquier autoeditor. El problema viene cuando se quiere el depósto legal, pues según las personas encargadas de ello en Alicante, sólo lo pueden pedir impresores y artes gráficas (ni siquiera editoriales). Además, los impresores de Alicante sólo pueden pedirlo en la provincia de Alicante, y los de cada provincia en sus respectivas agencias. |
Antonio (acn), confundes términos que conviene aclarar. El ISBN identifica el libro o publicación periódica ante cualquier instancia que quiera saber sus características, precio, lugar de publicación, etc. Una especie de carnet de identidad del libro, nada más. El DL (con la entrega de 5 ejemplares para distintas bibliotecas locales, provinciales y nacionales) es el requisito imprescindible para su venta comercial en librerías. A lo que te refieres que te protege contra el plagio es al registro de tu obra en el Registro de Propiedad Intelectual, la misma oficina donde se hace el DL, de ahí la confusión que has tenido, pero son cosas diferentes. |
El tema del DL debe ser un problema por provincias, porque yo no he tenido ningún problema para que me dieran el número por teléfono (soy de Huesca). El ISBN lo solicité rellenando el formulario y enviándolo a la Agencia del ISBN en Madrid. Les llamé por teléfono para saber si me podían decir el número que me habían asignado y me dijeron que no podían darlo por teléfono ni enviarlo por fax. Le pregunté cuales eran los motivos y me dijo (muy amablemente, por cierto) que habían tenido problemas por confusiones de números y demás (no me convenció mucho el motivo, pero bueno) y me aclaró que tardaban alrededor de un mes en enviarlo (como muchos ya habéis apuntado). Bueno, como había leido por aquí los problemas que habíais tenido algunos para lo del DL, pensé en ir avanzando trabajo y solicitarlo, así que llamé a la Biblioteca pública de Huesca donde me atendío otra Srta. muy amable, me preguntó el título y el autor, y al momento me dio el nº de DL que me correspondía y que, cuando hubiese obtenido el nº de ISBN, les remitiera cinco copias. Así de fácil. Por eso digo que debe ser un problema de autonomías o de provincias. |
Buenas tarde a tod@s, Como me ocurre varias veces, llego tarde para las respuestas! De todos modos me presento, ya que, es la primera vez que participo en el foro. He ojeado, curioseado, salido de dudas pero nunca participado en "letras" aquí. Hola soy Sylvia y estoy perdida! Felicidades a los que lo habeís conseguido pues aquí en Valencia pasa como en Vigo, pero desde luego estos infernales organismos aquí no te dan nada, ni siquiera una mueca o trazo de sonrisa cuando les das las gracias. En fin, a lo que voy.... ¿Alguíen a pedido el depósito legal en Valencia? y ¿habeís mirado últimamente la pagina del ISBN?, pues he leido que ya no lo dan a personas u autores fisicos, sino a editoriales. Con lo cual, más dificil "IMPOSSSSSIBLE". ¿Cómo se las apaña uno entonces para autopublicar, editar y vender? Y hablo a modo de no pedir a Bubok estos tramites. Si bien sería mi último recurso. Muchas gracias, y suerte para tod@s. |
Hola!!!!. Pretendo publicar unos manuales de Enfermería, para que puedan revisarlos, de forma gratuita, todos aquellos a los que les interese. No obstante, el beneficio que me gustaria extraer de ello es como aportación de mérito en bolsas de trabajo. Y para ello necesito un ISBN; tengo la duda de si es bubok el que me lo da, constaría yo como autor?, Y necesito para que se considere mío algo más o ellos me envían una certificación?,... no sé cuales son los pasos a seguir para ello, y que además me salga lo más económico posible. Saludos y gracias. |
Veo que hay muchas dudas con el ISBN y el DL. Desde que empezó este hilo en 2009 la cosa ha cambiado bastante y creía tenerlo claro, pero me ha surgido una duda tras leer un post de esta mañana, o sea, más que reciente, en otro foro externo a Bubok. Dice lo siguiente: "Y trabajamos con muchos opositores que necesitan certificados, y siempre les piden Depósito Legal, porque la autopublicación, los tribunales no los valoran...". Ahí queda. No sé si es cierto o sólo un intento de conseguir que se pague más por lo que no es necesario. Así que, la pregunta que quiero hacer a algún administrador es, si sólo hace falta para que conste en cualquier Administración Pública el ISBN o, dependiendo del sitio al que va dirigido, te pedirán además el DL. Yo creo que no, pero puedo estar equivocado... Un saludo
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Dependerá de la convocatoria. Las bases de cada una serán diferentes y a ellas han de ajustarse las publicaciones presentadas. La autopublicación no está permitida, pero no se indica nada sobre la publicación en impresión bajo demanda que es, desde el 31 de Enero de 2012, una de las publicaciones exentas de Depósito legal. Por ello Bubok no puede gestionarlo, puesto que es una editorial que trabaja en impresión bajo demanda. Dejamos el enlace al |